Derecho disciplinario sustancial, especial y formal : leyes 734 de febrero 5 de 2002, 836 de julio 16 de 2003 y 1015 de febrero 7 de 2006 ; conforme a las leyes 1437 de enero 18 de 2011 y 1474 de julio 12 de 2011. Tomo I, Derecho sustancial Jaime Mejía Ossman.
Tipo de material:
- 978586766180
- 344.0684861 M344d 15
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Libro Colección General | Central Bogotá Sala General | Colección General | 344.0684861 M344d (Navegar estantería(Abre debajo)) | 1 | Disponible | Colección Derecho Disciplinario y Sancionatorio | 0000000142853 |
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Derecho sustancial. Función pública. Relaciones especiales de sujeción. Potestad disciplinaria. Principios rectores de la ley disciplinaria. Acción disciplinaria. Teoría de la falta disciplinaria (tipicidad, antijuridicidad sustancial y culpabilidad).
La presente obra escrita por el doctor JAIME MEJIA OSSMAN, representa un afán por ofrecer a los estudiosos de esta compleja disciplina del derecho disciplinario una gran cantidad de inquietudes académicas, con la finalidad de ir avanzando un poco más en su construcción.
El autor en su texto de "Derecho Disciplinario - Sustancial", de la mano con la Constitución Política, de la Ley, de la jurisprudencia, de la doctrina nacional y extranjera, ofrece al lector una serie de interrogantes con relación a la apreciación de las actuales teorías que han servido de norte para la aplicación e interpretación de las diferentes codificaciones disciplinarias, con la convicción de que prontamente se concertará en nuestro sistema legal, una estructura en esa materia que consulte el respeto por la dignidad humana, como factor de primerisima necesidad a que está obligado nuestro Estado social de derecho.
Es así como en su libro desarrolla ampliamente los conceptos de función pública, relaciones especiales de sujeción, potestad disciplinaria, acción disciplinaria, principios rectores, tipicidad, antijuridicidad sustancial y culpabilidad, extrayendo de cada uno las teorías que han servido para concretar la dogmáica, autonomía y flexibilización del derecho disciplinario, las que autorizan la matización o aplicación con menor intensidad de los principios de orden constitucional a diferencia del derecho penal, en donde se exige una mayor rigurosidad.