Derecho jurisdiccional Juan Montero Aroca ...[et al.].

Colaborador(es): Barona Vilar, Silvia | Gómez Colomer, Juan Luis | Montero Aroca, Juan | Montón Redondo, AlbertoTipo de material: TextoTextoIdioma: Español Series ManualesDetalles de publicación: Valencia Tirant lo Blanch 2008Edición: 16a ediciónDescripción: 3 volúmenes 24 cmISBN: 9788498761986 (v.1); 9788498761993 (v.2); 9788498762006 (v.3)Tema(s): Derecho procesal -- España | Jurisdicción -- España | Procesos (Derecho)Clasificación CDD: 347.46
Contenidos incompletos:
V. 1: Parte General: I. Introducción. – II. El poder judicial: 1. La jurisdicción ; 2. La organización judicial ; 3. La competencia. – III. La acción: 1. Acción y tutela judicial ; 2. Gratuidad de la tutela judicial. – IV. El proceso: 1. Naturaleza del proceso ; 2. Estructura del proceso; 3. Los actos procesales ; 4. La dinámica procedimental. – V. El derecho jurisdiccional
V. 3: Proceso Penal: I. Introducción. – II. El proceso de declaración: 1. La competencia ; 2. Las partes ; 3. El objeto del proceso ; 4. El procedimiento preliminar (La instrucción) ; 5. El juicio oral ; 6. Los medios de impugnación ; 7. Los efectos del proceso. – III. El proceso de ejecución. – IV. El proceso cautelar. – V. Los procesos ordinarios y los especiales
V.2: Proceso Civil: I. Introducción. – II. El proceso de declaración: 1. La competencia ; 2. Las partes ; 3. El objeto del proceso ; 4. Actividades previas no jurisdiccionales ; 5. Disposiciones comunes a los procesos declarativos ; 6. La primera instancia ; 7. Los recursos ; 8. Los efectos del proceso. – III. El proceso de ejecución: 1. Conceptos generales ; 2. La ejecución provisional ; 3. La ejecución definitiva. – IV. El proceso cautelar. – V. Los procesos especiales: 1. Los procesos dispositivos ; 2. Los procesos no dispositivos ; 3. La división de patrimonios ; 4. La tutela privilegiada del crédito ; 5. El proceso concursal
Revisión: En España el contenido de la disciplina, según se desprende de las obras no de comentario, abarcaba la organización judicial, la competencia de los tribunales y el procedimiento. Ya en 1848 Gómez de la Serna y Montalbán decían que eran tres las partes capitales: límites a que el poder judicial ve circunscritas sus funciones, organización judicial en sus diferentes líneas y escalas y todo lo que hace relación al modo de proceder de los tribunales. Ese es el esquema base de Vicente y Caravantes, precedido de una larga introducción histórica, y lo mismo cabe decir del último procedimentalista algo conocido, de Fábregas. En síntesis, los procedimientos judiciales responden a una concepción jurídica más general, que se centra en el estudio de la ley, utilizando la exégesis como método; el procedimiento es el conjunto de formas solemnes reguladas por la ley, por medio de las cuales actúan los tribunales, y el procedimentalista centra en ellas su consideración. Cuando se inicia el estudio del proceso penal, y especialmente cuando ello se hace después de haber estudiado el proceso civil, es necesario advertir, de entrada, que los órganos jurisdiccionales, si no tienen monopolio alguno en la aplicación del derecho privado, sí lo tienen cuando se trata de la actuación del derecho penal, de modo que no existe aplicación de este derecho fuera del proceso. A esta exclusividad se ha llegado mediante toda una serie de opciones políticas en las que se ha ido manifestando la civilización
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Incluye referencias bibliográficas al final de cada capítulo

V. 1: Parte General: I. Introducción. – II. El poder judicial: 1. La jurisdicción ; 2. La organización judicial ; 3. La competencia. – III. La acción: 1. Acción y tutela judicial ; 2. Gratuidad de la tutela judicial. – IV. El proceso: 1. Naturaleza del proceso ; 2. Estructura del proceso; 3. Los actos procesales ; 4. La dinámica procedimental. – V. El derecho jurisdiccional

V. 3: Proceso Penal: I. Introducción. – II. El proceso de declaración: 1. La competencia ; 2. Las partes ; 3. El objeto del proceso ; 4. El procedimiento preliminar (La instrucción) ; 5. El juicio oral ; 6. Los medios de impugnación ; 7. Los efectos del proceso. – III. El proceso de ejecución. – IV. El proceso cautelar. – V. Los procesos ordinarios y los especiales

V.2: Proceso Civil: I. Introducción. – II. El proceso de declaración: 1. La competencia ; 2. Las partes ; 3. El objeto del proceso ; 4. Actividades previas no jurisdiccionales ; 5. Disposiciones comunes a los procesos declarativos ; 6. La primera instancia ; 7. Los recursos ; 8. Los efectos del proceso. – III. El proceso de ejecución: 1. Conceptos generales ; 2. La ejecución provisional ; 3. La ejecución definitiva. – IV. El proceso cautelar. – V. Los procesos especiales: 1. Los procesos dispositivos ; 2. Los procesos no dispositivos ; 3. La división de patrimonios ; 4. La tutela privilegiada del crédito ; 5. El proceso concursal

En España el contenido de la disciplina, según se desprende de las obras no de comentario, abarcaba la organización judicial, la competencia de los tribunales y el procedimiento. Ya en 1848 Gómez de la Serna y Montalbán decían que eran tres las partes capitales: límites a que el poder judicial ve circunscritas sus funciones, organización judicial en sus diferentes líneas y escalas y todo lo que hace relación al modo de proceder de los tribunales. Ese es el esquema base de Vicente y Caravantes, precedido de una larga introducción histórica, y lo mismo cabe decir del último procedimentalista algo conocido, de Fábregas. En síntesis, los procedimientos judiciales responden a una concepción jurídica más general, que se centra en el estudio de la ley, utilizando la exégesis como método; el procedimiento es el conjunto de formas solemnes reguladas por la ley, por medio de las cuales actúan los tribunales, y el procedimentalista centra en ellas su consideración. Cuando se inicia el estudio del proceso penal, y especialmente cuando ello se hace después de haber estudiado el proceso civil, es necesario advertir, de entrada, que los órganos jurisdiccionales, si no tienen monopolio alguno en la aplicación del derecho privado, sí lo tienen cuando se trata de la actuación del derecho penal, de modo que no existe aplicación de este derecho fuera del proceso. A esta exclusividad se ha llegado mediante toda una serie de opciones políticas en las que se ha ido manifestando la civilización

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