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Responsabilidad del estado legislador Wilson Ruiz Orejuela ; prólogo Germán Vargas Lleras ; presentación Nicolás Zuleta Hincapié

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá Universidad Libre 2011Edición: 1a ediciónDescripción: 234 páginas 23 cmISBN:
  • 9789588534442
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 342.088 R849r 23
Revisión: La responsabilidad del Estado legislador en Colombia como sistema de imputación en materia de responsabilidad administrativa, sigue siendo una expectativa en el desarrollo de la jurisprudencia, a pesar de la cláusula contenida en el artículo 90 constitucional. Al establecimiento de una responsabilidad estatal por el hecho de las leyes, se han opuesto argumentos como el de la soberanía, porque no se puede limitar la facultad del pueblo soberano a autorregularse; la inviolabilidad del voto del congresista como agente del constituyente primario, e incluso, la existencia del control constitucional de las leyes. No ocurre lo mismo en el derecho comparado. Francia y España, tienen un admirable desarrollo doctrinal y jurisprudencial sobre la materia. Es tímido en cambio, en países como Italia, Alemania y Estados Unidos, mientras que en Inglaterra no está contemplada esta clase de responsabilidad. El presente ensayo, pretende abordar sucintamente el tema en el derecho comparado con especial énfasis en el derecho francés y español, así como el patrio
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Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 342.088 R849r (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible 0000000114855

Incluye referencias bibliográficas

La responsabilidad del Estado legislador en Colombia como sistema de imputación en materia de responsabilidad administrativa, sigue siendo una expectativa en el desarrollo de la jurisprudencia, a pesar de la cláusula contenida en el artículo 90 constitucional. Al establecimiento de una responsabilidad estatal por el hecho de las leyes, se han opuesto argumentos como el de la soberanía, porque no se puede limitar la facultad del pueblo soberano a autorregularse; la inviolabilidad del voto del congresista como agente del constituyente primario, e incluso, la existencia del control constitucional de las leyes. No ocurre lo mismo en el derecho comparado. Francia y España, tienen un admirable desarrollo doctrinal y jurisprudencial sobre la materia. Es tímido en cambio, en países como Italia, Alemania y Estados Unidos, mientras que en Inglaterra no está contemplada esta clase de responsabilidad. El presente ensayo, pretende abordar sucintamente el tema en el derecho comparado con especial énfasis en el derecho francés y español, así como el patrio

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