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Régimen de contratación de entidades públicas sujetas al derecho privado debates jurisprudenciales Jorge Luis Herrera Leyton

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá Legis 2022Edición: 1a ediciónDescripción: 125 páginas 24 cmISBN:
  • 9789587973273
  • 9789587973280 (electrónico)
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 346.6861 H373r 23
Contenidos:
Cap. 1. La existencia de regímenes contractuales especiales en una manifestación del fenómeno conocido como “huida del derecho administrativo”. -- Cap. 2. Los contratos públicos regidos preponderadamente por el derecho privado son una categoría distinta de los contratos estatales. -- Cap. 3. La contratación con arreglo al derecho privado, su carácter “principalista” y las dificultades que ello genera”. -- Cap. 4. Estudio de los debates jurisprudenciales entre sí. -- Cap. 5. Alcance de las facultades regulatorias de las entidades que cuentan con un régimen contractual excepcional al de la Ley 80 de 1993: los manuales de contratación. -- Cap. 6. La teoría de la imprevisión: su aceptación en los contratos públicos regidos preponderadamente por el derecho privado se muestra pacifista
Alcance y contenido: En la actualidad, existen numerosas entidades que se encuentran exceptuadas del ámbito de aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica. Tal política de regulación de los negocios públicos genera serias dificultades, pues sopesa, por un lado, el carácter público de la entidad contratante y, por otro, el régimen privado aplicable a la actividad negocial. En esta obra se presentan los debates que se han suscitado en la jurisprudencia en relación con aspectos controversiales de la gestión contractual de tales entidades exceptuadas, concretamente en lo que atañe al carácter solemne o consensual del contrato y la naturaleza de las decisiones precontractuales emitidas en el desarrollo de procesos competitivos de contratación, así como a la existencia o no de facultades unilaterales para imponer multas al contratista, declarar la ocurrencia de siniestros, termina el contrato por incumplimiento grave y realizar la liquidación
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Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 346.6861 H373r (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible 0000000138797

Cap. 1. La existencia de regímenes contractuales especiales en una manifestación del fenómeno conocido como “huida del derecho administrativo”. -- Cap. 2. Los contratos públicos regidos preponderadamente por el derecho privado son una categoría distinta de los contratos estatales. -- Cap. 3. La contratación con arreglo al derecho privado, su carácter “principalista” y las dificultades que ello genera”. -- Cap. 4. Estudio de los debates jurisprudenciales entre sí. -- Cap. 5. Alcance de las facultades regulatorias de las entidades que cuentan con un régimen contractual excepcional al de la Ley 80 de 1993: los manuales de contratación. -- Cap. 6. La teoría de la imprevisión: su aceptación en los contratos públicos regidos preponderadamente por el derecho privado se muestra pacifista

En la actualidad, existen numerosas entidades que se encuentran exceptuadas del ámbito de aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica. Tal política de regulación de los negocios públicos genera serias dificultades, pues sopesa, por un lado, el carácter público de la entidad contratante y, por otro, el régimen privado aplicable a la actividad negocial. En esta obra se presentan los debates que se han suscitado en la jurisprudencia en relación con aspectos controversiales de la gestión contractual de tales entidades exceptuadas, concretamente en lo que atañe al carácter solemne o consensual del contrato y la naturaleza de las decisiones precontractuales emitidas en el desarrollo de procesos competitivos de contratación, así como a la existencia o no de facultades unilaterales para imponer multas al contratista, declarar la ocurrencia de siniestros, termina el contrato por incumplimiento grave y realizar la liquidación

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