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Manual de procesos de familia Carlos Enrique Gutiérrez Sarmiento

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá Universidad Externado de Colombia 2011Edición: 3a edDescripción: 341 p. 21 cmISBN:
  • 9789587106756
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 346.015  G874m 21
Contenidos:
Título 1. La jurisdicción civil de familia. -- Título 2. Los procesos de familia. Proceso verbal de mayor y menor cuantía ; Procesos verbales sumarios ; Proceso ejecutivo ; Procesos de jurisdicción voluntaria ; Procesos de liquidación ; Trámites especiales ; Diligencias judiciales ; trámites notariales en derecho de familia. -- Título 3. Comentarios a la reforma introducida por la ley 1395 de 2010 al Código de procedimiento civil
Revisión: Esta obra incluye la reforma al código de procedimiento civil, y con ella se quiere dar a conocer a la comunidad esta nueva norma, en que se describen las modificaciones introducidas por la ley 1395 de 2010, de la que deben saber quienes laboran con derecho de familia y que les darán luces para solucionar los conflictos de familia, que, hasta hoy, se han venido ventilando por medio del estatuto procesal civil. Hay que advertir que hasta tanto no entre a regir dicha ley en su totalidad, se aplicará lo consagrado en el Código de Procedimiento Civil. Efectivamente, la ley 1395 de 2010 entró a regir a partir del 12 de julio de 2010 en todo lo relacionado con la modificación de la parte general del código de procedimiento, de las excepciones, las pruebas, el proceso ejecutivo, la audiencia de trámite en el proceso verbal, entre otros, y las que fueren adversas a quien estuvo representado por el curador ad litem, excepto en el proceso ejecutivo. Pero respecto de la eliminación del proceso ordinario y abreviado y la consagración de que todo trámite declarativo que no tenga una diligencia especial se ventilará a través del proceso verbal entra en vigencia a partir del 1° de enero de 2011, en forma gradual, según lo determine el Consejo Superior de la Judicatura, en un plazo máximo de tres años. Asimismo, se incluye en este trabajo un capitulo con comentarios del autor respecto de la reforma
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Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 346.2 G874m (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible 0000000104601
Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 346.2 G874m (Navegar estantería(Abre debajo)) 2 Disponible 0000000105537

Ejemplar 2 mutilado p. 51-56; 189-194

Incluye referencias bibliográficas

Título 1. La jurisdicción civil de familia. -- Título 2. Los procesos de familia. Proceso verbal de mayor y menor cuantía ; Procesos verbales sumarios ; Proceso ejecutivo ; Procesos de jurisdicción voluntaria ; Procesos de liquidación ; Trámites especiales ; Diligencias judiciales ; trámites notariales en derecho de familia. -- Título 3. Comentarios a la reforma introducida por la ley 1395 de 2010 al Código de procedimiento civil

Esta obra incluye la reforma al código de procedimiento civil, y con ella se quiere dar a conocer a la comunidad esta nueva norma, en que se describen las modificaciones introducidas por la ley 1395 de 2010, de la que deben saber quienes laboran con derecho de familia y que les darán luces para solucionar los conflictos de familia, que, hasta hoy, se han venido ventilando por medio del estatuto procesal civil. Hay que advertir que hasta tanto no entre a regir dicha ley en su totalidad, se aplicará lo consagrado en el Código de Procedimiento Civil.
Efectivamente, la ley 1395 de 2010 entró a regir a partir del 12 de julio de 2010 en todo lo relacionado con la modificación de la parte general del código de procedimiento, de las excepciones, las pruebas, el proceso ejecutivo, la audiencia de trámite en el proceso verbal, entre otros, y las que fueren adversas a quien estuvo representado por el curador ad litem, excepto en el proceso ejecutivo. Pero respecto de la eliminación del proceso ordinario y abreviado y la consagración de que todo trámite declarativo que no tenga una diligencia especial se ventilará a través del proceso verbal entra en vigencia a partir del 1° de enero de 2011, en forma gradual, según lo determine el Consejo Superior de la Judicatura, en un plazo máximo de tres años.
Asimismo, se incluye en este trabajo un capitulo con comentarios del autor respecto de la reforma

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