Conducta de la víctima e imputación objetiva en derecho penal estudio sobre los ámbitos de responsabilidad de víctima y autor en actividades arriesgadas Manuel Cancio Meliá ; prólogo de Agustín Jorge Barreiro

Por: Cancio Meliá, ManuelColaborador(es): Agustín Jorge Barreiro [pról.]Tipo de material: TextoTextoIdioma: spa Series Biblioteca de derecho penalDetalles de publicación: Barcelona Universidad Externado de Colombia J.M. Bosch 2001Edición: 2a edDescripción: 446 p. 24 cmISBN: 8476986173 (Bosch); 9586165760 (Universidad Externado); 9789586165761 (Universidad Externado)Tema(s): Responsabilidad penal | Víctimas de delitos -- España | Estado legal (Derecho)Clasificación CDD: 345.04
Contenidos:
Primera parte. Algunos presupuestos del análisis ; 1. Introducción ; 2. La regulación jurídico-penal de la intervención en un suicidio ajeno como normativa especial ; 3. La normativización de la teoría del tipo objetivo ; Segunda parte. Modelos dogmáticos de solución en doctrina y jurisprudencia ; 4. primeras formas de tratamiento dogmático del comportamiento de la víctima ; 5. Consentimiento ; 6. Participación en una autopuesta en peligro y heteropuesta en peligro consentida ; 7. Victimología, victimodogmática y principio victimológico ; Tercera parte. La víctima en el sistema de imputación objetiva ; 8. Fundamentos: sobre algunas concepciones dogmáticas de la autorresponsabilidad de la víctima ; 9. Líneas fundamentales del tratamiento dogmático de la conducta de la víctima : imputación a la víctima e imputación objetiva ; 10. Límites de imputación a la víctima: situaciones de superioridad del autor ; 11. Addenda a la segunda edición
Revisión: Esta excelente investigación plantea el problema de la interdependencia entre las conductas de la víctima y el autor, y en ella se pretende encontrar la solución justa a través de los criterios dogmáticos más adecuados, confrontando las doctrinas que han sido sustentadas por la ciencia y la jurisprudencia sobre el particular. El autor infiere - entre otras – las siguientes consecuencias: a) El comportamiento se atribuye a quien tenga la preferencia en la protección del ámbito de responsabilidad, y por ende la víctima puede ser sujeto de imputación cuando incumple en forma grave sus deberes de autoprotección, porque es el primer garante en la guarda de sus derechos fundamentales. b) El desnivel de conocimientos – el “autor” sabe más que la “Victima” – no incluye la imputación al titular del bien jurídico, cuando a éste le es cognoscible la situación de riesgo que asume. c) Datos naturalísticos, como quien tiene el dominio de suceso o quien actúa en último lugar, per se, no son decisivos para determinar el ámbito de competencia al cual incumple el suceso. d) La actuación a propio riesgo de la “víctima no excluye la responsabilidad penal de la persona que facilita o propicia el peligro para los bienes jurídicos, si los deberes de su posición de garante – la del “autor” – lo obligan a tomar medidas para impedir que sujetos sometidos a protección especial coloquen en peligro sus propios bienes
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Incluye bibliografía e índice

Primera parte. Algunos presupuestos del análisis ; 1. Introducción ; 2. La regulación jurídico-penal de la intervención en un suicidio ajeno como normativa especial ; 3. La normativización de la teoría del tipo objetivo ; Segunda parte. Modelos dogmáticos de solución en doctrina y jurisprudencia ; 4. primeras formas de tratamiento dogmático del comportamiento de la víctima ; 5. Consentimiento ; 6. Participación en una autopuesta en peligro y heteropuesta en peligro consentida ; 7. Victimología, victimodogmática y principio victimológico ; Tercera parte. La víctima en el sistema de imputación objetiva ; 8. Fundamentos: sobre algunas concepciones dogmáticas de la autorresponsabilidad de la víctima ; 9. Líneas fundamentales del tratamiento dogmático de la conducta de la víctima : imputación a la víctima e imputación objetiva ; 10. Límites de imputación a la víctima: situaciones de superioridad del autor ; 11. Addenda a la segunda edición

Esta excelente investigación plantea el problema de la interdependencia entre las conductas de la víctima y el autor, y en ella se pretende encontrar la solución justa a través de los criterios dogmáticos más adecuados, confrontando las doctrinas que han sido sustentadas por la ciencia y la jurisprudencia sobre el particular. El autor infiere - entre otras – las siguientes consecuencias: a) El comportamiento se atribuye a quien tenga la preferencia en la protección del ámbito de responsabilidad, y por ende la víctima puede ser sujeto de imputación cuando incumple en forma grave sus deberes de autoprotección, porque es el primer garante en la guarda de sus derechos fundamentales. b) El desnivel de conocimientos – el “autor” sabe más que la “Victima” – no incluye la imputación al titular del bien jurídico, cuando a éste le es cognoscible la situación de riesgo que asume. c) Datos naturalísticos, como quien tiene el dominio de suceso o quien actúa en último lugar, per se, no son decisivos para determinar el ámbito de competencia al cual incumple el suceso. d) La actuación a propio riesgo de la “víctima no excluye la responsabilidad penal de la persona que facilita o propicia el peligro para los bienes jurídicos, si los deberes de su posición de garante – la del “autor” – lo obligan a tomar medidas para impedir que sujetos sometidos a protección especial coloquen en peligro sus propios bienes

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