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Injuria, calumnia y medios de comunicación Jaime Lombana Villalba

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Series Biblioteca Jurídica DikéDetalles de publicación: Bogotá Editorial Universidad del Rosario Diké 2013Edición: 4a ediciónDescripción: 371 páginas 24 cmISBN:
  • 9588075860
  • 9789587311051 (4a. Ed.)
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 343.861 L651i 15
Contenidos:
El bien jurídico del honor ; 2. Elementos normativos de los delitos de injuria y de calumnia ; 3. Política, libertad de expresión y derecho penal ; 4. El Bien jurídico del honor frente a la libertad de expresión y la libertad de prensa ; 5. Auditoria y participación en los delitos cometidos a través de los medios de comunicación ; 6. El deber objetivo de cuidado y la imputación objetiva en los delitos de injuria y calumnia cometidos por periodistas ; 7. Derecho a la intimidad ; 8. El carácter subsidiario del derecho penal para la protección del honor ; Jurisprudencias sobre medios de comunicación ; Análisis de la sentencia de la corte suprema de justicia sala de casación penal 10 de julio de2013 – Leonor Serrano de Camargo.
Revisión: Tradicionalmente se ha sostenido que la moderna teoría de la imputación objetiva solo es aplicable a los delitos de resultado, especialmente a aquellos que atentan contra la vida e integridad personal. Por esta razón, en hispanoamerica no es frecuente encontrar trabajos donde se extienda a otros tipos penales. Uno de los méritos de esta investigación, es precisamente explicar los delitos contra el honor desde la perspectiva de la delimitación de ámbitos de competencia y el riesgo permitido sobre esta base dogmática, el autor señala, por ejemplo, que el delito no se estructura con la simple afirmación deshonrosa, porque es necesario constatar la inobservancia de los deberes de diligencia que le son exigibles a los comunicadores en el ejercicio de si actividad. Si un periodista presenta una noticia que no corresponde a la verdad, pero lo hace con base en una información que le suministra una fuente confiable (v.gr un alto funcionario que maneja de cerca un determinado asunto), en virtud del principio de confianza no le es imputable un ilícito contra el honor, porque actúa dentro del riesgo permitido.
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 343.861 L651i (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible 0000000140071

Incluye referencias bibliográficas e índices

El bien jurídico del honor ; 2. Elementos normativos de los delitos de injuria y de calumnia ; 3. Política, libertad de expresión y derecho penal ; 4. El Bien jurídico del honor frente a la libertad de expresión y la libertad de prensa ; 5. Auditoria y participación en los delitos cometidos a través de los medios de comunicación ; 6. El deber objetivo de cuidado y la imputación objetiva en los delitos de injuria y calumnia cometidos por periodistas ; 7. Derecho a la intimidad ; 8. El carácter subsidiario del derecho penal para la protección del honor ; Jurisprudencias sobre medios de comunicación ; Análisis de la sentencia de la corte suprema de justicia sala de casación penal 10 de julio de2013 – Leonor Serrano de Camargo.

Tradicionalmente se ha sostenido que la moderna teoría de la imputación objetiva solo es aplicable a los delitos de resultado, especialmente a aquellos que atentan contra la vida e integridad personal. Por esta razón, en hispanoamerica no es frecuente encontrar trabajos donde se extienda a otros tipos penales.
Uno de los méritos de esta investigación, es precisamente explicar los delitos contra el honor desde la perspectiva de la delimitación de ámbitos de competencia y el riesgo permitido sobre esta base dogmática, el autor señala, por ejemplo, que el delito no se estructura con la simple afirmación deshonrosa, porque es necesario constatar la inobservancia de los deberes de diligencia que le son exigibles a los comunicadores en el ejercicio de si actividad. Si un periodista presenta una noticia que no corresponde a la verdad, pero lo hace con base en una información que le suministra una fuente confiable (v.gr un alto funcionario que maneja de cerca un determinado asunto), en virtud del principio de confianza no le es imputable un ilícito contra el honor, porque actúa dentro del riesgo permitido.

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