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Prueba de la culpa y del nexo causal en la responsabilidad médica teoría general de las cargas probatorias dinámicas Javier Tamayo Jaramillo

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá Legis 2022Edición: 1a ediciónDescripción: 343 páginas 24 cmISBN:
  • 9789587973198
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 343.2861 T151p 15
Contenidos incompletos:
Parte primera: La prueba de la culpa y del nexo causal en la responsabilidad civil médica / Capítulo primero. La carga de la prueba de la culpa y del nexo causal en el derecho sustantivo de la responsabilidad civil médica -- Capítulo segundo. Las obligaciones de seguridad en la responsabilidad médica y hospitalaria (las infecciones nosocomiales) Parte segunda: Teoría general de las cargas probatorias dinámicas / Capítulo primero. Derecho comparado Parte tercera: Análisis sistemático de la jurisprudencia colombiana -- Capítulo primero. Análisis sistemático de la jurisprudencia del Consejo de Estado Análisis sistemático de la jurisprudencia del Consejo de Estado
Revisión: Esta obra recoge en profundidad dos problemas relacionados entre sí y que impactan la teoría de las obligaciones, muy especialmente la de los profesionales de la salud y la prueba de su responsabilidad. En efecto, apoyado en la doctrina de las cargas probatorias dinámicas, el Consejo de Estado, a partir de 1992, instauró un régimen general de presunción de culpa contra los médicos que laboraban para el Estado. La citada presunción pecaba por exceso, ya que simplemente hizo desaparecer las obligaciones en materia médica, pues en el fondo no solo presumía la culpa, sino también la causalidad entre falla del servicio y daño. Los resultados fueron desastrosos hasta el punto que, en 2007, el Consejo de Estado se vio obligado a cambiar de postura y volvió a la culpa probada, lo mismo que a la prueba del nexo causal entre culpa y daño. El derrumbe de dicha presunción obedeció a una equivocada aplicación e interpretación de la doctrina de las cargas probatorias dinámicas. Por fortuna, el Código General del Proceso, en su artículo 167, introdujo la mencionada teoría y la reglamentó. Lo esencial de la tesis consiste en que el juez no puede imponer presunciones automáticamente, ya que solo son viables si el demandado tiene la facilidad de cumplir con la carga. De otro lado, garantizó el derecho de defensa del demandado, brindándole los mecanismos para desvirtuar la facilidad de probar ausencia de culpa y exigiendo al juez una serie de condiciones para imponer la carga, que dependen de cada caso en particular
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 343.2861 T151p (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible 0000000141747

Incluye bibliografía e índice analítico página 317

Parte primera: La prueba de la culpa y del nexo causal en la responsabilidad civil médica / Capítulo primero. La carga de la prueba de la culpa y del nexo causal en el derecho sustantivo de la responsabilidad civil médica -- Capítulo segundo. Las obligaciones de seguridad en la responsabilidad médica y hospitalaria (las infecciones nosocomiales) Parte segunda: Teoría general de las cargas probatorias dinámicas / Capítulo primero. Derecho comparado Parte tercera: Análisis sistemático de la jurisprudencia colombiana -- Capítulo primero. Análisis sistemático de la jurisprudencia del Consejo de Estado
Análisis sistemático de la jurisprudencia del Consejo de Estado

Esta obra recoge en profundidad dos problemas relacionados entre sí y que impactan la teoría de las obligaciones, muy especialmente la de los profesionales de la salud y la prueba de su responsabilidad. En efecto, apoyado en la doctrina de las cargas probatorias dinámicas, el Consejo de Estado, a partir de 1992, instauró un régimen general de presunción de culpa contra los médicos que laboraban para el Estado. La citada presunción pecaba por exceso, ya que simplemente hizo desaparecer las obligaciones en materia médica, pues en el fondo no solo presumía la culpa, sino también la causalidad entre falla del servicio y daño. Los resultados fueron desastrosos hasta el punto que, en 2007, el Consejo de Estado se vio obligado a cambiar de postura y volvió a la culpa probada, lo mismo que a la prueba del nexo causal entre culpa y daño. El derrumbe de dicha presunción obedeció a una equivocada aplicación e interpretación de la doctrina de las cargas probatorias dinámicas. Por fortuna, el Código General del Proceso, en su artículo 167, introdujo la mencionada teoría y la reglamentó. Lo esencial de la tesis consiste en que el juez no puede imponer presunciones automáticamente, ya que solo son viables si el demandado tiene la facilidad de cumplir con la carga. De otro lado, garantizó el derecho de defensa del demandado, brindándole los mecanismos para desvirtuar la facilidad de probar ausencia de culpa y exigiendo al juez una serie de condiciones para imponer la carga, que dependen de cada caso en particular

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