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020 _aS/N
040 _aCO-BoUGC
_cCO-BoUGC
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082 0 4 _a344.0684861
_bM355c
_215
245 1 0 _aCódigo disciplinario único
_cRodolfo Melo Santos y Francia Vásquez Florián
250 _a1a edición
260 3 _aBogotá
_bEdiciones Jurídica Radar
_c1996
300 _a221 páginas
_c21 cm
505 0 _aPresentación ; Introducción ; Libro 1 parte general ; Título 1 de los principios rectores de la ley disciplinaria ; Capítulo único principios rectores ; Título 2 de la falta disciplinaria ; Capítulo primero ámbito de aplicación ; Capítulo segundo de los sujetos disciplinables y su participación ; Capítulo tercero el concurso de las faltas disciplinarias ; Capítulo cuarto de la justificación de la conducta ; Título 3 de las sanciones según la falta y otras medidas ; Capítulo primero calificación de las faltas ; Capítulo segundo las sanciones ; Título 4 de la extinción de la acción ; Capítulo primero términos de prescripción de la acción y de la sanción ; Capítulo segundo prescripción de varias acciones ; Capítulo tercero renuncia y oficiosidad ; Libro 2 parte especial ; Título único de los derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades e inhabilidades de los servidores públicos ; Capítulo primero de la falta disciplinaria ; Capítulo segundo de los derechos ; Capítulo tercero de los deberes ; Capítulo cuarto de las prohibiciones ; Capítulo quinto de las incompatibilidades e inhabilidades ; Libro 3 procedimiento disciplinario ; Título 1 la acción disciplinaria ; Capítulo primero naturaleza de la acción disciplinaria ; Capítulo segundo oficiosidad y preferencia ; Capítulo tercero control disciplinario interno ; Capítulo cuarto significado de control interno ; Capítulo quinto obligatoriedad de la queja ; Capítulo sexto exoneración del deber de formular quejas ; Capítulo séptimo ciudadano renuente ; Capítulo octavo faltas de funcionarios retirados del servicio ; Capítulo noveno terminación del procedimiento ; Título 2 competencia ; Capítulo primero factores determinantes de la competencia ; Capítulo segundo competencia por la calidad del sujeto disciplinable ; Capítulo tercero competencia para adelantar la investigación disciplinaria ; Capítulo cuarto faltas cometidas por funcionarios de distintos organismos ; Capítulo quinto el factor territorial ; Capítulo sexto competencia por razón de la conexidad ; Capítulo séptimo competencia funcional ; Capítulo octavo competencia de la procuraduría general de la nación ; Capítulo noveno acumulación disciplinaria ; Capítulo décimo colisión de competencias ; Capítulo undécimo competencia preferente ; Capítulo duodécimo competencias especiales ; Título 3 impedimentos y recusaciones ; Capítulo primero declaración de impedimentos ; Capítulo segundo causales de recusación y de impedimento ; Capítulo tercero procedimiento en caso de impedimento ; Capítulo cuarto improcedencia de impedimento y recusación ; Título 4 sujetos procesales ; Capítulo primero intervinientes en el proceso disciplinario ; Capítulo segundo calidad de disciplinado ; Capítulo tercero derechos del disciplinado ; Capítulo cuarto vigencia y oportunidad del nombramiento de apoderado ; Título 5 actuación procesal ; Capítulo primero disposiciones generales ; Capítulo segundo notificaciones ; Capítulo tercero autos y fallos ; Capítulo cuarto recursos ; Capítulo quinto de la consulta ; Capítulo sexto de la revocación directa ; Capítulo séptimo de la suspensión provisional ; Título 6 policía judicial ; Capítulo primero funciones jurisdiccionales del procurador general de la nación ; Capítulo segundo policía judicial ; Capítulo tercero indagación preliminar ; Capítulo cuarto investigación disciplinaria ; Capítulo quinto informe de apertura de investigación disciplinaria ; Capítulo sexto término y oportunidad para rendir exposición ; Título 7 evaluación ; Capítulo primero oportunidad ; Capítulo segundo formas de evaluación ; Capítulo tercero formulación de cargos ; Capítulo cuarto archivo definitivo ; Título 8 descargos ; Capítulo primero término para presentar los descargos ; Capítulo segundo término para decretar pruebas ; Capítulo tercero juzgamiento del ausente ; Capítulo cuarto término para fallar ; Capítulo quinto pruebas de oficio antes del fallo ; Título 9 segunda instancia ; Capítulo primero trámite en segunda instancia ; Capítulo segundo competencia del superior ; Título 10 procedimientos especiales ; Capítulo primero procedimiento verbal ante el procurador general de la nación ; Capítulo segundo extensión del procedimiento verbal ; Capítulo tercero procedimiento disciplinario para altos funcionarios de la rama judicial del poder público ; Capítulo cuarto destinatarios ; Capítulo quinto procedimiento ante la cámara ; Capítulo sexto procedimiento ante el senado ; Capítulo séptimo intervención del procurador general de la nación ; Título 11 regímenes disciplinarios especiales ; Capítulo primero de los regímenes disciplinarios especiales aplicables a los miembros de la fuerza pública ; Título 12 norma transitoria ; Capítulo único transitoriedad ; Título 13 vigencia ; Capítulo único vigencia ; Práctica etapas del proceso disciplinario ; Indagación preliminar ; Auto para avocar conocimiento ; Ampliación de la queja o denuncia ; Declaración libre y espontánea ; Comunicación al implicado sobre la iniciación de indagación preliminar en su contra ; Archivo definitivo ; Prescripción de la acción ; Investigación disciplinaria ; Criterios para determinar la gravedad o levedad de la falta ; Segunda instancia.
520 1 _aEntre los principios orientadores del ejercicio de la función pública, se encuentra el deber de lealtad para con la Constitución y la ley, porque al servidor público se le impone una obligación moral y jurídica de respeto y acatamiento a las normas que integran el ordenamiento jurídico. Su actividad es eminentemente reglada y por tal motivo la violación de los deberes funcionales estructura faltas disciplinarias, siempre y cuando la acción o la omisión se encuentra descrita como tal en un estatuto jurídico positivo. Al expedirse la ley 200 de 1995 se unificó el régimen disciplinario para los servidores públicos, comprendiendo dentro de su órbita a quienes se encuentran vinculados a las diversas ramas del poder público y a sus respectivos órganos, ya sea como miembros de corporaciones públicas, empleados públicos o trabajadores oficiales, a excepción de los miembros de la Fuerza Pública, relievándose que en la aplicación de las sanciones se proscribió toda forma de responsabilidad objetiva, y por lo tanto las faltas imputadas solo son sancionables a título de dolo o de culpa, es decir, al consagrarse como presupuesto de responsabilidad la culpabilidad.
650 1 7 _aProcedimiento disciplinario
_2ARMARC
_9397336
650 2 7 _aFalta disciplinaria
_2ARMARC
_9398400
650 2 7 _aSujetos disciplinables
_2ARMARC
_9398401
650 2 7 _aConcurso de faltas disciplinarias
_2ARMARC
_9398402
650 2 7 _aFaltas gravísimas
_2ARMARC
_9398403
653 1 _aRegistro y control de sanciones disciplinarias
942 _2ddc
_cBK
_n0
999 _c255741
_d255741