El sistema acusatorio en el nuevo código penal militar Edgard Peña Velásquez

Por: Peña Velásquez, EdgardTipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá Librería Ediciones del Profesional 2012Edición: 1a edDescripción: xxiii, 372 p. 24 cmISBN: 9789587072204Tema(s): Derecho militar -- Legislación -- Colombia | Delitos militares -- Legislación -- Colombia | Sistema acusatorio -- Colombia | Fuero militar -- ColombiaClasificación CDD: 343.0143
Contenidos:
1. El derecho penal militar ; 2. El fuero penal militar ; 3. La justicia penal militar en latinoamérica ; 4. Antecedentes del código ; 5. Constitución política colombiana y código penal militar ; 6. El código penal militar y la ley 906 de 2004 ; 7. Técnicas de indagación e investigación de la prueba ; 8. Medios cognoscitivos en la indagación e investigación ; 9. Las audiencias en el sistema acusatorio militar ; 10. Audiencia de imputación ; 11. Régimen de la libertad y su restricción ; 12. La preclusión ; 13. Audiencia de acusación ; 14. Preacuerdos y negociaciones ; 15. Audiencia probatoria ; 16. Audiencia de corte marcial ; 17. Audiencia de individualización de pena y sentencia ; 18. Las pruebas ; 19. Estipulaciones probatorias ; 20. Nulidad e inexistencia del acto ; 21. El principio de oportunidad ; 22. Concurrencia de legislaciones en el momento actual ; 23. Procedimiento ante el tribunal superior militar ; 24. Ejecución de las sentencias
Revisión: ¿Fortalecimiento del fuero militar? La preocupación de las autoridades nacionales en torno al fuero penal militar ha sido cambiante. En el año 2009 el presidente Álvaro Uribe Vélez anunció que esta legislación especial se reduciría a los aspectos puramente disciplinarios, posición que despertó el rechazo de la oficialidad de generales y almirantes, porque significaría perder de una plumada una conquista laboral ganada después de siglos de maduración de una institución que ha sido consagrada la inmensa mayoría de países del orbe para afrontar vicisitudes de la guerra y el enfrentamiento con la delincuencia. Esta tarea impone, en ocasiones, el empleo de las armas oficiales con resultados letales, y nada más justo y sensato que estas conductas sean investigadas y juzgadas por profesionales que hayan vivido situaciones similares; es decir, por pares de hayan tenido, no solamente la formación jurídica, sino además la experiencia de situaciones que pueden generar la propia muerte
Lista(s) en las que aparece este ítem: 1.NUEVAS ADQUISICIONES POSTGRADOS 2012 | derecho laboral
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Libro Colección General Central Bogotá
Sala General
Colección General 343.0143 P351s (Navegar estantería (Abre debajo)) 2 Disponible 0000000121432

Comentarios instituciones del derecho penal militar ante el procedimiento acusatorio ordinario, jurisrprudencia y doctrina

Incluye referencias bibliográficas e índice

1. El derecho penal militar ; 2. El fuero penal militar ; 3. La justicia penal militar en latinoamérica ; 4. Antecedentes del código ; 5. Constitución política colombiana y código penal militar ; 6. El código penal militar y la ley 906 de 2004 ; 7. Técnicas de indagación e investigación de la prueba ; 8. Medios cognoscitivos en la indagación e investigación ; 9. Las audiencias en el sistema acusatorio militar ; 10. Audiencia de imputación ; 11. Régimen de la libertad y su restricción ; 12. La preclusión ; 13. Audiencia de acusación ; 14. Preacuerdos y negociaciones ; 15. Audiencia probatoria ; 16. Audiencia de corte marcial ; 17. Audiencia de individualización de pena y sentencia ; 18. Las pruebas ; 19. Estipulaciones probatorias ; 20. Nulidad e inexistencia del acto ; 21. El principio de oportunidad ; 22. Concurrencia de legislaciones en el momento actual ; 23. Procedimiento ante el tribunal superior militar ; 24. Ejecución de las sentencias

¿Fortalecimiento del fuero militar? La preocupación de las autoridades nacionales en torno al fuero penal militar ha sido cambiante. En el año 2009 el presidente Álvaro Uribe Vélez anunció que esta legislación especial se reduciría a los aspectos puramente disciplinarios, posición que despertó el rechazo de la oficialidad de generales y almirantes, porque significaría perder de una plumada una conquista laboral ganada después de siglos de maduración de una institución que ha sido consagrada la inmensa mayoría de países del orbe para afrontar vicisitudes de la guerra y el enfrentamiento con la delincuencia. Esta tarea impone, en ocasiones, el empleo de las armas oficiales con resultados letales, y nada más justo y sensato que estas conductas sean investigadas y juzgadas por profesionales que hayan vivido situaciones similares; es decir, por pares de hayan tenido, no solamente la formación jurídica, sino además la experiencia de situaciones que pueden generar la propia muerte

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