TY - BOOK AU - Cruz Cruz,Juan TI - Delito y pena en el siglo de oro T2 - Pensamiento medieval y renacentista SN - 8431327014 U1 - 345 21 PY - 2010/// CY - Pamplona PB - EUNSA KW - Administración de justicia penal KW - España KW - Historia KW - Siglo XVI KW - Congresos, conferencias, etc KW - LEMB KW - Siglo XVII N1 - Papers presented to the conference, Buenos Aires (RA), 2009; Incluye índice de autores; Incluye referencias bibliográficas e índice; Presentación / Juan Cruz Cruz ; 1. Sentido de la ley penal en Francisco Suárez / Francisco Leocata ; 2. El alma es sólo de DIos: delito y pena entre la literatura y el derecho / Mariano Fazio ; 3. La recepción de Marsilio de Padua en el tratado defensio fidei de Francisco Suárez / Francisco Bertelloni ; 4. La interpretación de la pena y de la ley penal según Alfonso de Castro / Juan Cruz Cruz ; 5. Medida del mal moral: la stoa y Gabriel Vásquez / Laura E. Corso de estrada ; 6. Fundamentación metafísica de la pena: un estudio desde Fray Luis de León / Santiago Orrego ; 7. Delito y castigo de los infieles en el pensamiento de Francisco de Vitoria / Bárbara Díaz ; 8. La restitución, pena económica del delito en la realidad hispanoamericana. La visión de un teólogo (mercado) y de un jurista (albornoz) / Horacio Rodríguez Penelas ; 9. ¿Cabe destruir una nave agresora en la que viajan pasajeros inocentes? Los autores del siglo de oro ante una cuestión actual / Joaquín García Huidobro, Alejandro Miranda ; 10. "todo ánimo desordenado es castigo para sí mismo". El desorden como pena / Ma. Idoya Zorroza N2 - El pensamiento de los siglos XVI y XVII llenó de sentido moral el concepto de delito con la afirmación del libre albedrío para cometerlo. Mediante la pena, a su vez, la sociedad humana pretendía combatir y aun prevenir el crimen. Ahora bien, a finales del siglo XVI se originó un debate especulativo por el alcance de los conceptos implicados: responsabilidad, imputabili¬dad y libertad, los cuales tenían que ser releídos bajo la clave de la ley natural que aquellos maestros compartían. Debate en el que también estaba como telón de fondo la doctrina luterana negativa acerca del libre albedrío. Si el delito no existiera, carecería de sentido el derecho penal. El delito es el quebrantamiento del orden establecido por la ley. En su significación moral, delito no es sólo la omisión de lo que manda la ley, sino también la comisión de lo que la ley prohíbe. En cualquier caso, la esencia del delito encierra tres aspectos constitutivos: uno, objetivo (existencia de un orden perturbado y una ley que indica la relación correcta al bien del hombre); otro, subjetivo (la inteligencia y la voluntad para cometer el delito); otro, externo o social, referido al deber jurídico, esfera más reducida que la del orden moral, limitada a la exteriorización de los actos de nuestra voluntad. Los estudios que recoge esta publicación fueron presentados en las cuartas jornadas De iustitita et iure en el Siglo de Oro dedicadas a Delito y pena: relectura desde el Siglo de Oro, que se celebraron en Buenos Aires, los días 1-3 de junio de 2009, auspiciados por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina y la Línea Especial de Pensamiento clásico español de la Universidad de Navarra ER -