Del espíritu de las leyes análisis de la obra y elogio del autor por M. D´Alembert Montesquieu ; traducción Nicolás Estévanez

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Lenguaje original: Francés Series Biblioteca de grandes obras famosas ; 3Detalles de publicación: Buenos Aires Claridad 1971Edición: 1a ediciónDescripción: 684 páginas 20 cmISBN:
  • s/n
Título traducido: L'Esprit des LoisTema(s): Clasificación CDD:
  • 320.1 M657d 23
Contenidos:
1. De las leyes en general. -- 2. De las leyes que se derivan directamente de la naturaleza del gobierno. -- 3. De los principios de los tres gobiernos. -- 4. Las leyes de la educación deben ser relativas a los principios de gobierno. -- 5. Las leyes que da el legislador deben ser relativas al principio de gobierno. -- 6. Consecuencias de los principios de los gobiernos respecto a la simplicidad de las leyes civiles y criminales, forma de los juicios y establecimiento de las penas. -- 7. Consecuencias de los diferentes principios de los tres gobiernos, con relación a las leyes suntuarias, al lujo y a la condición de las mujeres. -- 8. De la corrupción de los principios en los tres gobiernos. -- 9. De las leyes en sus relaciones con la fuerza defensiva. -- 10. De las leyes en sus relaciones con la fuerza ofensiva. -- 11. De las leyes que forman la libertad política en sus relaciones con la Constitución. -- 12. De las leyes que forman la libertad política en su relación con el ciudadano. -- 13. De las relaciones que la imposición de los tributos y la importancia de los rendimientos tienen con la libertad. -- 14. De las leyes con relación al clima. -- 15. Cómo las leyes de la esclavitud civil tienen relación con la naturaleza del clima. -- 16. Las leyes de la esclavitud doméstica tienen relación con la naturaleza del clima. -- 17. Las leyes de la servidumbre política tienen relación con la naturaleza del clima. -- 18. De las leyes con relación a la naturaleza del terreno. -- 19. De las leyes en relación con los principios que forman el espíritu general, las costumbres y las maneras de una nación. -- 20. De las leyes con relación al comercio considerado en su naturaleza y sus distinciones. -- 21. De las leyes con relación al comercio considerado en sus revoluciones. -- 22. De las leyes con relación al uso de la moneda. -- 23. De las leyes con relación al número de habitantes. -- 24. De las leyes con relación a la religión establecida en cada país, considerada en sus prácticas y en sí misma. -- 25. De las leyes con relación a la religión de cada país y a su política exterior. -- 26. De las leyes, en la relación que deben tener con el orden de las cosas sobre que estatuyen. -- 27. De las leyes romanas acerca de las sucesiones. -- 28. Del origen y de las revoluciones de las leyes civiles francesas. -- 29. Del modo de componer las leyes. -- 30. Teoría de las leyes feudales entre los francos, con relación al establecimiento de la monarquía. -- 31. Teoría de las leyes feudales entre los francos con relación a las revoluciones de su monarquía
Revisión: Montesquieu recrea en El espíritu de las leyes (De l'esprit des lois, 1748) el modelo político inglés –tomado, a su vez, de los germanos- de separación de poderes y monarquía constitucional, al cual considera el mejor en su tipo como garantía contra el despotismo. Según el autor ilustrado, el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial no deben concentrarse en las mismas manos. Esa es una teoría de contrapesos, donde un poder equilibra al otro. Hay quien quiere ver en dicha teoría una relación entre ideas políticas e ideas sociales: su imagen de la sociedad sería la de tres fuerzas sociales -rey, pueblo y aristocracia-, a la que les corresponden tres fuerzas políticas. El modelo es tomado del sistema político de Inglaterra, donde hay monarquía (el Rey es la cabeza del Poder ejecutivo), hay aristocracia (en la Cámara de los Lores, que es legislativa) y hay representación popular (en la Cámara de los Comunes, que también es legislativa). Si es ejemplo de representación, no lo es de separación de poderes ya que, en ocasiones, la Cámara de los Lores funciona como Tribunal Supremo. Según él, en la monarquía, los poderes intermedios –nobleza, clero, parlamentos- actúan como equilibradores que impiden excesos del poder del monarca como también del poder del pueblo. A su vez, esos poderes intermedios se equilibran entre sí. Es notable el modo en que la idea de combinación equilibrada se relaciona con la imagen del universo de Newton, donde los elementos se atraen sin perder su identidad
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1. De las leyes en general. -- 2. De las leyes que se derivan directamente de la naturaleza del gobierno. -- 3. De los principios de los tres gobiernos. -- 4. Las leyes de la educación deben ser relativas a los principios de gobierno. -- 5. Las leyes que da el legislador deben ser relativas al principio de gobierno. -- 6. Consecuencias de los principios de los gobiernos respecto a la simplicidad de las leyes civiles y criminales, forma de los juicios y establecimiento de las penas. -- 7. Consecuencias de los diferentes principios de los tres gobiernos, con relación a las leyes suntuarias, al lujo y a la condición de las mujeres. -- 8. De la corrupción de los principios en los tres gobiernos. -- 9. De las leyes en sus relaciones con la fuerza defensiva. -- 10. De las leyes en sus relaciones con la fuerza ofensiva. -- 11. De las leyes que forman la libertad política en sus relaciones con la Constitución. -- 12. De las leyes que forman la libertad política en su relación con el ciudadano. -- 13. De las relaciones que la imposición de los tributos y la importancia de los rendimientos tienen con la libertad. -- 14. De las leyes con relación al clima. -- 15. Cómo las leyes de la esclavitud civil tienen relación con la naturaleza del clima. -- 16. Las leyes de la esclavitud doméstica tienen relación con la naturaleza del clima. -- 17. Las leyes de la servidumbre política tienen relación con la naturaleza del clima. -- 18. De las leyes con relación a la naturaleza del terreno. -- 19. De las leyes en relación con los principios que forman el espíritu general, las costumbres y las maneras de una nación. -- 20. De las leyes con relación al comercio considerado en su naturaleza y sus distinciones. -- 21. De las leyes con relación al comercio considerado en sus revoluciones. -- 22. De las leyes con relación al uso de la moneda. -- 23. De las leyes con relación al número de habitantes. -- 24. De las leyes con relación a la religión establecida en cada país, considerada en sus prácticas y en sí misma. -- 25. De las leyes con relación a la religión de cada país y a su política exterior. -- 26. De las leyes, en la relación que deben tener con el orden de las cosas sobre que estatuyen. -- 27. De las leyes romanas acerca de las sucesiones. -- 28. Del origen y de las revoluciones de las leyes civiles francesas. -- 29. Del modo de componer las leyes. -- 30. Teoría de las leyes feudales entre los francos, con relación al establecimiento de la monarquía. -- 31. Teoría de las leyes feudales entre los francos con relación a las revoluciones de su monarquía

Montesquieu recrea en El espíritu de las leyes (De l'esprit des lois, 1748) el modelo político inglés –tomado, a su vez, de los germanos- de separación de poderes y monarquía constitucional, al cual considera el mejor en su tipo como garantía contra el despotismo. Según el autor ilustrado, el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial no deben concentrarse en las mismas manos. Esa es una teoría de contrapesos, donde un poder equilibra al otro. Hay quien quiere ver en dicha teoría una relación entre ideas políticas e ideas sociales: su imagen de la sociedad sería la de tres fuerzas sociales -rey, pueblo y aristocracia-, a la que les corresponden tres fuerzas políticas. El modelo es tomado del sistema político de Inglaterra, donde hay monarquía (el Rey es la cabeza del Poder ejecutivo), hay aristocracia (en la Cámara de los Lores, que es legislativa) y hay representación popular (en la Cámara de los Comunes, que también es legislativa). Si es ejemplo de representación, no lo es de separación de poderes ya que, en ocasiones, la Cámara de los Lores funciona como Tribunal Supremo. Según él, en la monarquía, los poderes intermedios –nobleza, clero, parlamentos- actúan como equilibradores que impiden excesos del poder del monarca como también del poder del pueblo. A su vez, esos poderes intermedios se equilibran entre sí. Es notable el modo en que la idea de combinación equilibrada se relaciona con la imagen del universo de Newton, donde los elementos se atraen sin perder su identidad

Título original en francés: L'Esprit des Lois

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