Principio de oportunidad y política criminal sistémica Jesús Enrique Archila Guío, Henry Torres Vásquez y Omar Huertas Díaz
Tipo de material: TextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá Ibañez 2022Edición: 1a ediciónDescripción: 212 páginas 23 cmISBN:- 9789583519024
- 9789583519413 (electrónico)
- 345.28861 A724p 15
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Capitulo I. Problemas y crisis del sistema penal acusatorio en Colombia ; Capitulo II. El principio de oportunidad y la política criminal en Colombia ; Capitulo III. Principio de la legalidad en el sistema penal acusatorio y su relación con el principio de oportunidad. ; Capitulo IV. características del principio de oportunidad y su relación con otros principios ; Capitulo V. El Principio de oportunidad en la legislación penal Colombiana ; Estudio de los datos suministrados por la fiscalía general sobre la aplicación del principio de oportunidad.(Entre 2015 y 2019)
En el contexto del Estado social y constitucional de derecho colombiano, y ante la avalancha de cuestionamientos sobre la impunidad que se enquistó en el derecho penal, surge la necesidad de un derecho penal que permita regular las conductas sociales y de un procedimiento penal lo suficientemente pertinentes para sancionar al contraventor de la ley penal. Para mejorar su imagen, es prioritario garantizar la protección de los bienes jurídicamente tutelados, labor de todo un instrumento jurisdiccional en el que en primer lugar el legislador tiene el poder de señalar las conductas punibles y su sanción, y el aparato jurídico penal la de perseguir al delito y al delincuente; son estos, pues, los pilares del derecho penal y de su aplicación, ambos fundamentales para el correcto funcionamiento del sistema. En este mismo sentido, tanto el fiscal como el juez cumplen un papel importante en tanto el primero debe investigar y acusar, y el segundo, en su condición de administrador de justicia, es un intérprete que tiene la misión de juzgar y sentenciar con apego a la normativa penal, por lo que siempre por mandato constitucional, ambos han de garantizar los derechos de las partes (fiscalía-procesado) e intervinientes (ministerio público) y de la persona más importante del proceso: la víctima. Separados en sus funciones y objetivos, todos coinciden en tener siempre presente el principio de legalidad y como no puede ser de otra forma, se rigen por la Constitución y la ley, aspecto del cual es centinela el ministerio público.