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Garantías mobiliarias ley 1676 de 2013 investigador Abel B. Veiga Copo

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Series Detalles de publicación: Bogotá Universidad Sergio Arboleda 2017Edición: Primera ediciónDescripción: 624 páginas 21 cmISBN:
  • 9789588987552
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 347.5 V344g 15
Contenidos:
1. El perímetro funcional y conceptual de las garantías mobiliarias ; 2. Constitución de las garantías mobiliarias ; 3. Derechos y obligaciones ; 4. La garantía mobiliaria y el privilegio ; 5. Garantías mobiliarias e insolventes ; 6. La ejecución de la garantía
Resumen: La función y el fundamento de toda garantía real mobiliaria no es otra que la de asegurar e inmunizar frente a toda pretensión patrimonial, el derecho del acreedor. Y hacerlo en todo escenario, en cualquier situación, concurra quien concurra. El de que este goce de un poder inmediato y directo sobre el bien o derecho objeto de la garantía, así como una tutela preferencial y privilegiada en el más estricto de los conceptos, le confiere un poder de agresión y realización en sintonía con el debilitamiento simultaneo de las pretensiones de otros acreedores, salvo que estuviera por rango y tiempo en posición preferente. Un poder que no requiere de la tenencia material, pues esta no exterioriza en puridad el derecho real de garantía. No es esa función. Preservación y conservación de una garantía mobiliaria no posesoria, sustituible en su objeto bajo continentes claros de cuantía y tiempo, no atentan contra la esencia misma de la garantía. La ley 1676 supone una suerte de revolución copernica en el bosquejo laberinto de las garantías reales. Unifica, ordena, prioriza, sistematiza y cohesiona todo el derecho patrimonial colombiano. Garantias dinámicas, vivas, agiles, pero eficientes, eficaces tanto ante el cumplimiento como sobre todo, el incumplimiento y la insolvencia de cara a su ejecutabilidad, aprehensión y apropiación fiduciaria. Lejanos quedan los prejuicios formalismo y trincheras dogmáticas de antaño. En este libro el autor analiza, escruta, cuestiona y comenta esta norma, la compara con la practica foránea, la contrasta con el derecho antecedente colombiano.
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libro Colección General Central Bogotá Sala General Colección General 347.5 V344g (Navegar estantería(Abre debajo)) 1 Disponible 0000000140043

Incluye referencias bibliográficas (páginas [591]-624).

1. El perímetro funcional y conceptual de las garantías mobiliarias ; 2. Constitución de las garantías mobiliarias ; 3. Derechos y obligaciones ; 4. La garantía mobiliaria y el privilegio ; 5. Garantías mobiliarias e insolventes ; 6. La ejecución de la garantía

La función y el fundamento de toda garantía real mobiliaria no es otra que la de asegurar e inmunizar frente a toda pretensión patrimonial, el derecho del acreedor. Y hacerlo en todo escenario, en cualquier situación, concurra quien concurra. El de que este goce de un poder inmediato y directo sobre el bien o derecho objeto de la garantía, así como una tutela preferencial y privilegiada en el más estricto de los conceptos, le confiere un poder de agresión y realización en sintonía con el debilitamiento simultaneo de las pretensiones de otros acreedores, salvo que estuviera por rango y tiempo en posición preferente. Un poder que no requiere de la tenencia material, pues esta no exterioriza en puridad el derecho real de garantía. No es esa función. Preservación y conservación de una garantía mobiliaria no posesoria, sustituible en su objeto bajo continentes claros de cuantía y tiempo, no atentan contra la esencia misma de la garantía.
La ley 1676 supone una suerte de revolución copernica en el bosquejo laberinto de las garantías reales. Unifica, ordena, prioriza, sistematiza y cohesiona todo el derecho patrimonial colombiano. Garantias dinámicas, vivas, agiles, pero eficientes, eficaces tanto ante el cumplimiento como sobre todo, el incumplimiento y la insolvencia de cara a su ejecutabilidad, aprehensión y apropiación fiduciaria. Lejanos quedan los prejuicios formalismo y trincheras dogmáticas de antaño. En este libro el autor analiza, escruta, cuestiona y comenta esta norma, la compara con la practica foránea, la contrasta con el derecho antecedente colombiano.

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