000 02689nam a2200253 a 4500
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082 _a346.077
_bR643f
_223
100 1 _aRogel Vide, Carlos
245 1 1 _aFavor debitoris
_banálisis crítico
_cCarlos Rogel Vide
250 _a1a ed.
260 _aMadrid
_aBogotá
_aMéxico D.F.
_aBuenos Aires
_bTemis
_bUbijus
_bReus
_bZavalia
_c2010
300 _a158 p.
_c21 cm.
490 0 _aBiblioteca iberoamericana de derecho
504 _aIncluye bibliografía
505 0 _a1. Planteamiento ; 2. El favor debitoris y el derecho romano ; 3. El favor debitoris a lo largo de la historia ; 4. La cuestión en el Código civil español; artículos del mismo considerados proclives, en el principio, al favor debitoris ; Artículos en los que no se consagra favor alguno ; Artículos en los que se consagra el favor creditoris ; 7. A modo de conclusión. Del favor debitoris a la protección de la parte más débil como norte posible, que no obligado
520 1 _aSe trata, en esta obra, de analizar críticamente -a la luz de la Historia y con la ayuda de la doctrina- el aparentemente indubitado principio favor debitoris, poniendo de relieve como supuestos que, pretendidamente, giran en torno a él, son concreciones del mismo -elección en las obligaciones alternativas, no presunción de la solidaridad, modificación equitativa de la pena, nominalismo en las obligaciones pecuniarias, pago en el domicilio del deudor e imputación del pago-, pueden, a la postre y si bien se mira, explicarse prescindiendo del favor debitoris, en tanto que otros -el plazo como beneficio recíproco, la calidad media en las obligaciones genéricas, el posible pago de la parte líquida de la deuda- no consagran favor alguno, y otros más -pérdida del beneficio del plazo, solidaridad de créditos y deudas, genus numquam perit- llegan a inclinarse, se inclinan, en fin, por el principio contrario, del favor creditoris, todo lo cual lleva a concluir que el principio favor debitoris ha de ser sustituido por el de la protección de la parte más débil de la relación obligatoria derivada del contrato y, cuando tal debilidad no se aprecie, por el del exacto cumplimiento de los deberes derivados de la misma y el de la reciprocidad y equilibrio de las prestaciones, propio de las obligaciones sinalagmáticas, que son las más frecuentes en la vida cotidiana
650 1 7 _aDeudor y acreedor
_xAspectos jurídicos
_zEspaña
_2LEMB
650 2 7 _aObligaciones (Derecho)
_zEspaña
_2LEMB
650 2 7 _aResponsabilidad legal
_2LEMB
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