000 01543nam a2200217 a 4500
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008 090423s2009 sp gr 000 0 spa d
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082 0 4 _a336.2714
_bG172i
_223
100 1 _aGascón Orive, Alfaro
245 1 3 _aEl IVA y el comercio internacional
_cAlfaro Gascón Orive
250 _a3a ed.
260 _aMadrid
_bDijusa
_c2009
300 _a227 p.
_c24 cm.
505 0 _a1. Operaciones intracomunitarias ; 2. Exportaciones ; 3. Importaciones
520 1 _aLa Ley del IVA, Ley 37/1992, 28 de diciembre, delimita tres ámbitos territoriales entre los que pueden efectuarse transportes y compraventas de bienes. Estos ámbitos son el territorio de aplicación del impuesto español (Península y Baleares, en adelante, TAI), el territorio comunitario constituido actualmente en 27 Estados de la Unión Europea (el TAI español y los correspondientes a los otros 26 Estados) y, finalmente, el resto del territorio mundial, que lo constituyen los llamados países terceros. Las operaciones realizadas dentro del TAI constituyen las denominadas operaciones interiores, hecho imponible entregas de bienes a que se refiere el artículo 1º de la Ley. Las operaciones realizadas entre el TAI y los países terceros, esto es, cuando transcienden el territorio comunitario, son las exportaciones e importaciones
650 1 7 _aImpuesto sobre el valor agregado
_zEspaña
_2LEMB
651 4 _aEspaña
_xComercio exterior
_xImpuestos
942 _2ddc
_cBK
_h336
999 _c188265
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